Son muchos los que se hacen la pregunta: ¿Cuál es la garantía que tiene que dar el dealer que me vende un auto usado? Sepa que de acuerdo a la Regla 26.2 del Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor del DACO (vigente desde el 6 de julio de 2006), se prohíbe vender un vehículo de motor usado que tenga 100,000 millas ó menos sin una garantía del vendedor.
La garantía del auto usado será a base del millaje recorrido y según la siguiente escala:
a) Hasta 36,000 millas: cuatro (4) meses o cuatro mil (4,000) millas, lo que ocurra primero.
b) Más de 36,000 millas y hasta 50,000 millas: tres (3) meses o tres mil (3,000) millas, lo que ocurra primero.
c) Más de 50,000 millas y hasta 100,000 millas: dos (2) meses o dos (2,000) millas, lo que ocurra primero.
De lo anterior surge con meridiana claridad que todo concesionario que se niege a extender una garantía sobre un auto usado que tenga menos de 100,000 millas ó menos está cometiendo un acto ILEGAL.
Por otro lado, es importante que los consumidores sepan que el 21 de junio 2007el DACO firmó una Orden Interpretativa (# 2007-1) que especifica cuáles son las piezas que tienen que estar cubiertas bajo las garantías de los vehículos usados. Dicha orden fue necesaria debido a que por un aparente error el Reglamento del DACO no se especificaba las piezas que tenían que estar cubiertas bajo esta garantía y y hubieron varios concesionarios inescrupulosos que les negaban servicio de garantía a los consumidores en piezas que se supone estuvieran cubiertas. De acuerdo a la Orden Interpretativa, las siguientes piezas tienen que estar cubiertas bajo toda garantía de auto usado:
a) Diferencial - Eje del cardan, unión universal, ejes traseros y delanteros con sus uniones.
b) Motor - Incluye todas las piezas internas o externas. Excepto aquella mano de obra o piezas incluidas en el servicio normal de mantenimiento, tales como ajuste de motor, limpieza del sistema de alimentación, ni las piezas que requieren cambios periódicos tales como, filtros de aire y aceite.
c) Sistema direccional incluyendo caja de guía y sus piezas
d) Sistema de “air bags”.
e) Sistema de frenos ? Todo el sistema de frenos, incluyendo el ABS. No está incluida en la garantía aquella mano de obra y piezas comprendidas en el servicio normal de mantenimiento, tales como ajuste de frenos y piezas que requieren cambios periódicos.
f) Sistema de inyección de combustible.
g) Sistema de Suspensión - Incluye tanto el delantero como el trasero; excluye el servicio normal de mantenimiento en alineación y balance de ruedas.
h) Sistema eléctrico - Excluye bombillas, fusibles y demás piezas fungibles que requieren cambios periódicos.
i) Sistema electrónico - Incluye computadora y sus accesorios.
j) Transmisión - Incluye caja de transmisión y todas las piezas internas de la transmisión, caja de mecanismo de embrague del eje delantero y convertidores, excepto aquella mano de obra y piezas incluidas en el servicio normal de mantenimiento, tales como cambio de aceite, remoción de sedimentos, ni las piezas que requieren cambios periódicos, tales como filtros de aceite y retenedores de grasa.
k) Odómetro
l) radiador y abanicos
Aunque las Reglas antes citadas son sumamente claras, existen decenas de vendedores de autos usados inescrupulosos que se aprovechan del desconocimiento de los consumidores y no ofrecen las garantías establecidas por el Reglamento. Además, estos mismos vendedores muchas veces ponen innumerables trabas al verse obligados a cumplir con las garantías de los autos usados que venden.
Ante esta alarmante situación aconsejamos a los consumidores que estén en proceso de adquirir un auto usado a exigir un certificado de garantía de parte del vendedor. Dicho certificado debe contener específicamente la duración de la garantía, así como las piezas que están cubiertos bajo la misma. El consumidor debe exigir saber cuál es el taller o talleres que el concesionario utiliza. Si el vendedor no tiene un taller con mecánicos certificados que realicen los trabajos en garantía, no es recomendable que haga negocios con esa entidad. Finalmente, no firme ningún tipo de relevo de garantía ni ningún tipo de relevo que disponga que usted releva su derecho a reclamar bajo cualquier Ley o Reglamento en caso que experimente problemas con el auto, incluyendo su derecho a reclamar por vicios ocultos. Si usted está haciendo una inversión tan grande en un auto y el vendedor viene obligado a extenderle una garantía, no debe firmar relevos de derechos a reclamar por cualquier defecto que surja en el auto, particularmente su derecho a reclamar por vicios ocultos.
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A continuación le presentamos copia del Reglamento de Garantías de Vehículos de Motor del DACO, así como de la Orden Interpretativa del DACO # 2007-1. Todo consumidor debe leer los mismos e imprimirlos en caso que cualquier vendedor de autos usados intente incumplir con las disposiciones de los mismos.
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