Haga valer sus derechos ante la AEE



La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) es una corporación pública que se supone brinde un servicio de energía eléctrica efectivo, al menor costo posible y sin consideraciones de lucro.


Sin embargo, todo Puerto Rico conoce que por décadas la realidad de la AEE ha sido otra, puesto que lo que ha reinado es la ineficiencia y cobros indebidos o altamente cuestionables. Para colmo de males, en los últimos años se ha visto un incremento sustancial en el número de casos que la AEE ha estado tramitando en búsqueda de cobro de facturas indebidas o “fantasmas”.


Aunque existen diferentes leyes de protección al consumidor de cobros abusivos o irrazonables por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica, como por ejemplo la Ley 272-2002, la Ley 57-2014 o la Ley 7-2014, la corporación pública se ha ingeniado de múltiples subterfugios para evitar cumplir con estas leyes.


Basado en nuestra experiencia, no es aconsejable el intentar litigar casos de cobros de energía eléctrica de cuantías altas por su cuenta (por derecho propio) y sin la asistencia de un abogado con conocimiento. Considerando que en la mayoría de estos tipos de casos los cobros de la AEE superan las decenas de miles de dólares, más multas y cargos administrativos, es altamente aconsejable que procure contratar a un buen abogado que le asista.


No obstante lo anterior, en esta página hacemos un esfuerzo por aclarar algunos de los conceptos jurídicos más importantes que aplican a estos tipos de casos ante la AEE, de forma que esté en posición de tomar decisiones informadas.


A continuación compartimos algunos reportajes sobre este tema:



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La Quiebra y Cobros de la AEE



Si en adición al cobro de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), usted se encuentra afectado(a) por otras deudas, como por ejemplo tarjetas de crédito, préstamos personales, deudas médicas, multas, o de otro tipo, la Ley Federal de Quiebra es una buena opción a considerar, ya que con la Ley de Quiebra puede intentar eliminar todas sus deudas, incluyendo las de energía eléctrica.


La quiebra es un proceso bajo la ley federal mediante el cual aquellos deudores y consumidores que deben más dinero del que pueden pagar, procuran relevarse o ser excusados del pago de algunas o de todas sus deudas y obtener un nuevo comienzo.


La radicación de un caso de quiebra activa de inmediato lo que se conoce como una "paralización automática” (“automatic stay”), lo cual como regla general detiene inmediatamente todas las actividades de cobro (incluyendo llamadas telefónicas y cartas), demandas legales y procedimientos de ejecución que sus acreedores hayan iniciado o estén considerando iniciar.


En algunos casos de cobros de energía eléctrica por parte de la AEE, la paralización automática que se obtiene al radicar una quiebra resulta ser la mejor opción para evitar la desconexión o suspensión del servicio eléctrico por parte de la AEE.


Al consultarnos su c
aso de cobro de energía eléctrica nosotros podremos evaluar si la posibilidad de radicar una quiebra es una opción conveniente para su caso.

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COBRO INDEBIDO DE FACTURAS POR LA AEE

  • Preguntas Frecuentes

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¿De qué se trata el Uso Indebido de Energía Eléctrica o Irregularidad en el Consumo de Energía?


La reglamentación de la Autoridad de Energía Eléctrica define “uso indebido” como la intervención, interferencia, manipulación, entre otros, con los contadores o medidores, u otros equipos de la AEE, con el propósito y efecto de que no se mida el consumo o de reducir la medición real del consumo de energía eléctrica.
La forma más común de “uso indebido” es mediante la instalación de un “pillo” o alteración en el contador o medidor de energía eléctrica.


Según la reglamentación de la AEE, en todo caso que la corporación pública detecte un caso de uso indebido (contador alterado o manipulado), pueden denunciar el caso a las “autoridades pertinentes” (Policía de Puerto Rico) o “presentar una querella” contra el cliente o usuario a tenor con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Estas querellas son presentadas y adjudicadas por lo que se conoce como la Secretaria de la Autoridad de Energía Eléctrica, un ente con facultad adjudicativa (resolver querellas y controversias) dentro de la AEE.


A pesar de las disposiciones clara y no ambiguas de la reglamentación de la corporación pública, cuando empelados de la AEE alegan haber detectado un caso de uso indebido (contador manipulado o alterado)., la tendencia es que no proceden con la radicación de la querella que su reglamentación provee, sino le envían al consumidor una carta certificada requiriendo el pago de una cantidad de dinero y extendiéndole la oportunidad de acudir a una reunión “informal” para dialogar sobre el particular. Según la AEE ha establecido ante los tribunales, este proceder constituye un “procedimiento informal” alterno que la corporación pública ha establecido para estos tipos de casos.


No obstante lo anterior, nuestra posición legal es que este supuesto “procedimiento informal” es ultra vires o ilegal, ya que no solo es contrario a la reglamentación de la propia corporación pública, sino violenta los elementos más básicos de un debido proceso de ley.


Es por esto que si usted recibe una carta de parte de la AEE imputándole un alegado “uso indebido” o “irregularidad” en el consumo de energía eléctrica debido a la supuesta existencia de un contador manipulado o alterado en su residencia o negocio, debe consultar a un abogado conocedor en la materia. El acudir a las “reuniones informales” que la AEE les informa en las cartas certificadas puede ser fatal para su reclamación, ya que todo lo que usted hable con el personal de la AEE puede ser usado en su contra. Además, podría erradamente interpretarse que usted se sometió voluntariamente al mal llamado “procedimiento informal” que la corporación pública alega haber establecido.


Considerando las cuantías de cobro involucradas en estas cartas de “uso indebido” o irregularidad” de la AEE (la mayoría son de decenas de miles de dólares), el usted contar con un abogado que le asista es indispensable. Además, en todo momento la corporación pública puede hacer un referido criminal sobre el particular, por lo que tiene que tener mucho cuidado al momento de hablar con el personal de la AEE sobre las imputaciones que se contienen en estas cartas certificadas.


Por tanto, de usted verse afectado(a) por una de estas notificaciones de alegado “uso indebido” o “irregularidad” en el consumo de luz, debe consultarnos inmediatamente.





​- ​Pᴏʟíᴛɪᴄᴀ ᴅᴇ Usᴏ ʏ Pʀɪᴠᴀᴄɪᴅᴀᴅ -


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